Publicado el quinto Fundamento que nos acerca Ferrol CAPE, el Colectivo Universitario Opositor a la Instalación de la Planta de Gas dentro de la Ría -
Publicado el quinto Fundamento que Ferrol nos acerca CAPE, el Colectivo Universitario Opositor a la Instalación de la Planta de Gas dentro de la Ría - www.f-cape.org
Hasta ahora fueron cuatro más uno, además de otros contributos que este Colectivo viene haciendo a la lucha contra los despropósitos de REGANOSA y la complicidad de las diferentes administraciones.
Fundamentos y razones que pretenden dar argumentos que invaliden técnica y legalmente la ubicación de la planta de Gas Natural Licuado (GNL) que está construyendo REGANOSA en Mugardos, dentro de la Ría de Ferrol.
Hoy por hoy están elaborando una alternativa viable a la actual localización de REGANOSA que situarían fuera de la Ría y lejos de las zonas pobladas.
Enlazar con el Fundamento 5º en los Archivos Ártabros:
FUNDAMENTO 5º : No cumple la norma UNE - NE 1473 sobre INSTALACIONES Y EQUIPOS PARA GAS NATURAL LICUADO - Diseño para las instalaciones terrestres - Mayo 1998
copiado del blog de plataforma Artabra 21
Fundamentos y razones que invalidan técnica y legalmente el asentamiento de la planta de Gas Natural Licuado (GNL) que está construyendo REGANOSA en Mugardos
FUNDAMENTO 1º: No cumple con el RAMINP (Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas) Decreto 2414/1961.
FUNDAMENTO 2º: No cumple el R. D. 6//2.001 del 8 de mayo sobre EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL (Directiva europea 97 /11 /CEE) - NO SE TUVO EN CUENTA - (Modifica el R.D. Legislativo 1302/1986 del 28 de junio - Directiva europea 85/337/CEE).
FUNDAMENTO 3º: No cumple la norma UNE - NE 1532 sobre INSTALACIONES Y EQUIPOS PARA GAS LICUADO "Interfaz entre buque y tierra" Marzo de 1.997 SALIDA Al MAR DE BUQUES GASEROS EN CASO DE URGENCIA REQUERIMIENTOS PRINCIPALES SOBRE ASPECTOS DE SEGURIDAD DE BUQUES GASEROS A Cumprir EN Los TERMINALES DE DESCARGA DE GAS NATURAL LICUADO (GNL).
FUNDAMENTO 4º : No cumple el R.D. 1254 / 1999 "Medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas" (Directiva Europea 96/82/CE ? Ley Seveso II)
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